Venezuela reconoció el derecho fundamental a la protección de datos en 2012. En su momento, el Tribunal Supremo de Justicia dictaminó que toda regulación o actividad vinculada al derecho fundamental a la protección de datos personales, implica la garantía de que los datos serán tratados de forma justa y responderán a finalidades concretas, basadas en el consentimiento de los interesados o en otros motivos legítimos. El objetivo principal de este derecho es permitir a todos los ciudadanos controlar el acceso y el uso de sus datos personales por parte de terceros y evitar que los datos personales recogidos se utilicen indebidamente. Por último, el Tribunal establece una lista de principios que deben seguir los responsables del tratamiento: el principio de autonomía de la voluntad, el principio de legalidad, el principio de finalidad y calidad, el principio de temporalidad, el principio de exactitud y autodeterminación, y el principio de previsión y exhaustividad, el principio de seguridad y confidencialidad, el principio de tutela y, por último, el principio de responsabilidad.

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